¿PAIDOISMO O CREDOISMO?
Un Argumento del Bautista Reformado para el Bautismo del
Creyente con base en la Teología del Pacto
Por el Pastor
Richard C. Barcellos
INTRODUCCIÓN
Los cristianos dentro
de la tradición de La Reforma son dolorosamente conscientes de la división
doctrinal sobre muchos temas. Hay varias posiciones en cuanto a la Ley de Dios
y su aplicabilidad a los cristianos. En el amplio campo de la escatología, allí
se encuentra al cristiano reformado con sus diferentes posiciones. El gobierno
de la Iglesia es otra área, en la que los creyentes bajo la cobertura Reformada,
a menudo difieren entre sí. Uno de los temas más candentes de debate entre los
que se adhieren a la Teología Reformada, hablando en términos generales, se
refiere al tema del bautismo. Los participantes de cada lado del debate
calibran y refinan sus argumentos que servirán en su defensa. Algunos irán tan lejos como para decir que si
usted no cree en el bautismo de los niños de creyentes no puede ser Reformado.
Estos que sostienen esta posición, dirán que es imposible considerar la
Teología del Pacto y no adherirse al bautismo infantil. En la comprensión que
ellos tienen de esto, los argumentos que surgen a favor del bautismo de
infantes parten exclusivamente de una perspectiva bíblica de los pactos que
excluye automáticamente cualquier entendimiento de la Teología del Pacto que no
sea paidobautista. Hermanos que sostienen este punto de vista, a menudo, categorizan
a todos los que no son Paidobautistas como Dispensacionalistas o, a lo menos,
como Dispensacionalistas incipientes. ¿Es esta caracterización precisa y es
este punto de vista sobre la Teología del Pacto la única opinión en el campo
teológico que vale la pena escuchar? Es triste decirlo, pero muchos en nuestro
tiempo y a través de la historia dirían que sí. Es hora de que esto termine.
Cuando utilizo las
palabras Teología del Pacto, quiero decir que el enfoque de su comprensión en
las Escrituras está centrado en torno al desarrollo de los diversos pactos dentro
de la historia de la Redención. Este enfoque de las Escrituras toma en cuenta
los pactos históricos de forma individual y trata de unirlos en un todo
sistemático. Históricamente, la Teología del Pacto ha sido reconocida como la
fuente del bautismo de infantes. El presente ensayo buscará que una adecuada
comprensión de la naturaleza progresiva de los pactos bíblicos y la sustitución
del Antiguo Pacto por el Nuevo Pacto, objete seriamente la historicidad
Teológica del Pacto, sin el riesgo de conllevar a un Dispensacionalismo o al Antinomianismo.
Este ensayo buscará
diferir sobre la afirmación anterior de que es imposible sostener la Teología
del Pacto sin adherirse a la práctica del bautismo infantil. Por el contrario,
se argumentará que la adhesión coherente a la Teología del Pacto refuta el
bautismo de niños e, incluso, ratifica y demanda el bautismo del creyente
dentro de la estructura del pacto en la Biblia.
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Así que para que todos
entendamos que se quiere decir cuando cierta terminología es usada, definamos
nuestros términos antes de que se inicie la exposición. Cuando se utiliza la
palabra Paido es para referirse al
Paidobautismo o Paidobautistas. Los Paidobautistas creen que los sujetos a
considerar para el bautismo son los creyentes y sus hijos. Cuando se utiliza la
palabra Credo se refiere a Credobautismo
o Credobautistas. En términos generales, un Credobautista es alguien que cree
en lo que muchos llaman el bautismo del creyente. Él es alguien que cree que es
necesario una declaración de fe (esto es lo que la palabra credo significa) en Cristo, antes de ser bautizado. En el sentido
más amplio de la palabra, existen dos tipos de Credobautistas, los de la
Teología del Pacto y los Credobautistas dispensacionales. Siendo más específico,
un Credobautista, como se entiende primeramente en este ensayo, es uno que
sostiene el bautismo del creyente sobre la base de su comprensión de la
Teología del Pacto. Este tipo de Credobautista es lo que muchos, en nuestros
días, llaman un Bautista Reformado. Cuando uso la frase Bautista Reformado, no
simplemente quiero decir un Bautista Calvinista. Los dos no son necesariamente
idénticos. Un Bautista Reformado, tal como se entiende en este ensayo, es aquel
que se acoge a la Confesión Bautista de Fe de 1689 como su estándar confesional.
Esto significa que un Bautista Reformado es aquel que sostiene una soteriología
Calvinista frente al Arminianismo; la Teología del Pacto, en lugar de un
Dispensacionalismo; mantiene la validez permanente de la Ley Moral de Dios como
se resume en el Decálogo, incluyendo el cuarto mandamiento, a diferencia del
Antinomianismo; guarda el Principio Regulativo de la Adoración, a diferencia
del normativo. Con estas definiciones en su lugar, comencemos.
ACLARANDO CIERTAS CUESTIONES
La mayoría, si no
todos los Paidos, coinciden en tratar de basar el bautismo de niños en la
doctrina del pacto del Antiguo Testamento. Ellos argumentan esto, basados en la
representación parental en el Pacto Abrahámico, la unidad de los pactos y la continuidad
teológica entre los testamentos. Muchos de ellos están de acuerdo con los
credos de que el paidoismo no es una doctrina explícita del Nuevo Testamento,
esto es, que no es una doctrina que ordena el bautismo de infantes. Algunos
credos muy celosos, por otro lado, parecen haber olvidado al Antiguo Testamento
como algo aún inspirado y beneficioso. Tienen una tendencia a negar la
continuidad del pacto en nombre de credos explícitos y distintivos del Nuevo
Testamento (En otras palabras, las presuposiciones Dispensacionales). La mayoría de ellos han
incorporado una tendencia hacia el Antinomianismo (contra la ley). En cualquier caso, este tipo
de credos no tienen realmente ninguna defensa contra los paidos y su argumento
sobre el pacto, excepto que su paidoismo está fundado en la doctrina del pacto
del Antiguo Testamento -como si todas las doctrinas basadas en la doctrina del
pacto del Antiguo Testamento no fueran válidas-.
Muchos credos claman:
"Si no es repetido en el Nuevo, no haremos el Antiguo”. Afortunadamente,
su credo y su conducta no siempre coinciden. (Credos dispensacionales y los
credos no Dispensacionales que no están de acuerdo con la permanente validez de
la Ley Moral de Dios, tal como se resume en el Decálogo, incluyendo el cuarto mandamiento,
es a los que nos referimos aquí). Los paidos dicen: “Si el Antiguo no es
revocado por el Nuevo y el Viejo permanece, debemos aún hacerlo". Según
los credobautistas del pacto, éste debe ser el punto decisivo del debate paido-credo,
si logramos conseguir llegar a algún punto en común con nuestros hermanos paidobautistas.
A diferencia de los argumentos Dispensacionalistas para el bautismo del
creyente, que se basa sólo en el Nuevo Testamento, los credos reformados pueden
establecer su comprensión del bautismo en el mismo terreno que los paidos, al
menos en parte. Esto dar lugar a esta pregunta vital: ¿Está la doctrina de la
inclusión automática del infante en la comunidad del pacto revocada o
modificada por la Teología del Pacto del Antiguo Testamento como para anular el
paidoismo bajo el Nuevo Pacto? ¿No es éste el asunto central? Muchos credos
nunca serán convencidos por los argumentos de la doctrina del pacto del Antiguo
Testamento, debido a que están comprometidos con el principio de que si no se
repite en el Nuevo, entonces no es obligatorio. Del mismo modo, los paidos
nunca serán convencidos por textos específicos del Nuevo Testamento con
respecto al tema del bautismo, ya que están comprometidos con el principio de
no revocado, entonces obligante. Como hecho relevante, los paidos deben, y como
muchos de ellos lo hacen, estar de acuerdo en que la evidencia explícita del
Nuevo Testamento está del lado de los credos. Y, los credos deben estar de
acuerdo en que la derogación explícita de la inclusión automática del infante
en la comunidad del pacto es un hecho que, a lo sumo, se da por sentado en el
Nuevo Testamento.
La cuestión se reduce
a esto: Si el paidos no tiene una revelación de Dios para cambiar la doctrina
del Antiguo Testamento de la inclusión automática de los infantes en la
comunidad del pacto para los hijos de los creyentes, entonces él lo asume como
obligatorio. Sin embargo, si el credo reformado puede demostrarle en el Antiguo
Testamento, y aún en la doctrina el pacto del Antiguo Testamento que, de hecho, si existe tal revelación, deberá
entonces admitirlo como algo abolido y, por lo tanto, no obligatorio. Lo que
podría ser convincente para el paidos es un argumento, con sus fundamentos en
la Teología del Pacto del Antiguo Testamento y sus correspondientes frutos en
el Nuevo Testamento, concernientes a la revocación de la inclusión automática
de los infantes en la comunidad del pacto para los hijos de los creyentes.
Este argumento tendría
que tener en consideración la doctrina del pacto. Éste deberá probar por la
doctrina del pacto del Antiguo Testamento que la inclusión del infante fue
proféticamente rescindida por el Antiguo Testamento. Luego, se debe demostrar
que el Nuevo Testamento asume esta derogación y lleva el fruto de ella.
Los Bautistas
Reformados (esto es Credobautistas del pacto) creen que ellos tienen el
argumento que silenciará el debate o, por lo menos, provocará a los paidos a
reconsiderar seriamente su posición.
EL ARGUMENTO DEL BAUTISTA REFORMADO
La doctrina del Antiguo Testamento sobre el Nuevo Pacto revoca proféticamente
la inclusión automática del infante declarado en Jeremías 31:34 que ellos (es
decir, los de la comunidad del Nuevo Pacto) Todos
Me conocerán. Comprendiendo esto, significa que todos los ciudadanos del
pacto bajo el Nuevo Pacto conocerán a Dios para salvación (lo que no ocurrió con
el pacto Abrahámico o Mosaico). Los Credos Reformados, entonces, argumentan que
la inclusión automática del infante dentro de la comunidad del pacto está aquí
rescindida proféticamente por la Teología del Pacto del Antiguo Testamento.
Entonces, lo que se espera por la enseñanza del Antiguo Testamento, es una
comunidad del Nuevo Pacto en la cual todos conocen al Señor para salvación, sin
ninguna excepción. Los Credos Reformados entonces dicen: "Ahora echemos un
vistazo a nuestro Nuevo Testamento. Lo que deberíamos ver es la inauguración del
mismo Nuevo Pacto prometido en el Antiguo Testamento, una comunidad del Nuevo
Pacto (no Israel y la Iglesia, sino una transformada o un Nuevo Israel, el cual
consiste de sólo aquellos que conocen al Señor) y los privilegios del Nuevo
Pacto solamente conferidos a los ciudadanos del Nuevo Pacto". En otras
palabras, los Credos Reformados afirman que la doctrina del Antiguo Testamento
sobre el Nuevo Pacto deroga proféticamente la inclusión automática del infante
y el Nuevo Testamento, da prueba de esto reservando las nuevas ordenanzas del
Nuevo Pacto a los ciudadanos del Nuevo Pacto, esto es, a los creyentes, aquellos
que están en la fe, la simiente de Abraham, todos aquellos que conocen al Señor.
Los Credobautistas reformados afirman que el Nuevo Pacto es
nuevo en al menos dos formas: En primer lugar, a diferencia del Abrahámico y el
antiguo pacto Mosaico, el Nuevo Pacto no puede ser quebrantado (Jeremías 31:32.
Ver Génesis 17:14 para ver la violabilidad del Pacto Abrahámico y Deuteronomio
29:22-28 para la violabilidad del Antiguo Pacto Mosaico) y, en segundo lugar, a
diferencia del viejo Pacto Mosaico, la inclusión infantil no es automática
porque la ciudadanía en el Nuevo Pacto exige del conocimiento salvador de Dios.
Éste es el por qué, de que los judíos incrédulos hayan sido cortados después de
la inauguración del Nuevo Pacto. Es interesante observar que en el argumento de
Pablo en Romanos 9-11, él hace una distinción entre israelitas (Romanos 9:6). En
otras palabras, dentro del Israel del Antiguo Pacto habían dos grupos: Los
creyentes y los no creyentes. Todos los israelitas, considerados aquí por Pablo,
eran miembros del pacto, sin embargo, la mayoría fueron cortados después de que
Cristo inaugurará el Nuevo Pacto. ¿Por qué? A causa de su incredulidad. ¿Por qué
los otros (los gentiles) fueron injertados? Debido a su fe. Aquí vemos ambos
aspectos de la continuidad y discontinuidad del pacto. Los judíos creyentes
pasaron de ser ciudadanos del Antiguo Pacto al Nuevo Pacto en su continuidad, y
los judíos incrédulos pasaron de ser ciudadanos del Antiguo Pacto a ser
excluidos en su discontinuidad. Bajo el Nuevo Pacto, hay un solo Israel
constituido sólo por creyentes.
Automáticamente, paidobautismo y paidocomunión son entonces impensables.
Usted debe conocer al Señor para estar en el Nuevo Pacto. Usted debe nacer de
nuevo. Los privilegios del Nuevo Pacto están reservados para los ciudadanos del
Nuevo Pacto.
Por lo tanto, el Bautismo y la Cena del Señor están reservados
para los creyentes, la simiente de Abraham, para aquellos que conocen al Señor,
para los ciudadanos del Nuevo Pacto. De hecho, esto es sólo una pequeña porción
del argumento del Bautista Reformado. Todo el argumento incluiría el examen de
todas las bendiciones prometidas del Nuevo Pacto, mostrando que éstas fueron
bendiciones experimentadas por algunos de ellos en el Antiguo Pacto y, luego,
siguiendo sus huellas como se revela en el Nuevo Testamento, confirman que las
bendiciones prometidas son, universalmente experimentadas, dentro la comunidad
del Nuevo Pacto, tal como fue profetizado por Jeremías. (Véase el excelente
folleto de Greg Welty titulado, Una evaluación
crítica del bautismo de infantes disponible en Bautista Reformado Publicaciones
y la parte cuatro de la grabación en audio de la exposición del Pastor Sam
Waldron sobre Jeremías 31:31-34, titulada La
nueva constitución del pacto de la Iglesia: Un manifesto del Bautista Reformado
disponible en el Ministerio Truth for Eternity, 3181 Bradford, NE. Grand Rapids,
MI 49505. Ambos son materiales obligados para los interesados en este tema).
ANTICIPANDO LAS OBJECIONES
Muchas objeciones
hasta el momento, pudieron haber entrado en la mente de un paido convencido o,
incluso, a la de un credo dubitativo. Echemos un vistazo sobre algunas de
ellas.
Primera objeción: "¿No está usted haciendo frías, duras y
falsas distinciones entre los pactos bíblicos hasta obtener su credoismo de la
Biblia? Esencialmente, sólo hay un pacto, el pacto de la gracia". En realidad, hay
varias diferencias, pero esencialmente, los pactos bíblicos están relacionados.
Lo que a menudo hacen los paidos es desvalorar las diferencias entre los
pactos. Por
ejemplo, diciendo que el pacto Abrahámico y el Nuevos Pacto son uno y el mismo
pacto y diciendo que son dos distintos y sin embargo pactos vitalmente
relacionados, siendo estas dos cosas, totalmente incoherentes. ¿Es el
Antiguo Pacto, el Abrahámico? ¿Es el Abrahámico, el Nuevo? Uno estaría en
apuros para responder que sí. Louis Berkhof nos provee un ejemplo
representativo de lo que los paidos a menudo expresan sobre esta objeción
cuando él afirma: "Este pacto [el Abrahámico] sigue aún vigente y es
esencialmente idéntico con el "nuevo pacto” en la actual dispensación"
(Louis Berkhof, Teología
Sistemática, [Grand Rapids, MI, Eerdmans Publishing Company, 1986 reimpresión],
pp. 631ff..).
Curiosamente, O.
Palmer Robertson, otro estudioso paidobautista, no parece equipararlos cuando
dice: "… el profeta [Jeremías] combina el Abrahámico con el nuevo
pacto". (O. Palmer Robertson, El
Cristo de los Pactos, [Phillipsburg, NJ, Presbyterian y Reformed Publishing
Company, 1985 reimpresión], p.41.).
Combinar y equiparar
son dos cosas diferentes. Aunque ambos, el Abrahámico y el Nuevo, funcionan al
mismo tiempo bajo la actual "dispensación", ellos no se nos presentan
en la Biblia como uno y el mismo, como tampoco lo son los otros pactos bíblicos.
Segunda objeción:
"Desde que Dios fue quien ratificó
el Pacto de Abraham en Génesis 15, cuando pasó entre las dos mitades, luego el
Pacto Abrahámico, como el Nuevo, no pueden ser quebrantados, no siendo Dios
quien los rompe". Jeremías estaba hablando acerca del viejo o antiguo
Pacto Mosaico y no del Abrahámico. Sin embargo, respecto a la violabilidad del
pacto con Abraham, Dios dice en Génesis 17:14: "Y el varón incircunciso,
el que no hubiere circuncidado la carne de su prepucio, aquella persona será
cortada de entre su pueblo; ha violado Mi pacto". ¿No es esto convincente?
¿Quizás la objeción se refiere a la inviolabilidad del Pacto Abrahámico por
parte del lado divino? Dios no lo hizo y Él no puede romper ningún pacto, pero
el hombre puede romper el pacto con Dios bajo cualquiera de ellos, el Abrahámico
o el mosaico, como se habían dado originalmente, pero no bajo el Nuevo. Por
cierto, la violabilidad del pacto mosaico que se encuentra en Jeremías 31:32 y
Deuteronomio 29:25, junto con la violabilidad del Pacto Abrahámico como se mencionó
anteriormente, es evidencia de que todos, en estos pactos, no necesariamente conocían
al Señor. Las promesas del pacto con Abraham están siendo administradas ahora
por Cristo bajo el Nuevo Pacto y, dado que el Nuevo Pacto no puede romperse, entonces
tampoco puede el Abrahámico bajo la actual administración del Nuevo Pacto.
Tercera Objeción: "¿No se refiere la frase -Porque todos
Me conocerán- de Jeremías 31:34, a una expectativa futura y no a una realidad
presente, incluso a un estado eterno?". Algunos han dicho esto antes.
Admito que esta promesa alcanza el estado eterno, pero si nos limitamos sólo al
estado eterno, ¿cómo esta promesa del Nuevo Pacto encuentra su aplicación antes
del tiempo eterno? Teniendo en cuenta el hecho de que Hebreos 8:8-13 indica el
cumplimiento de la profecía de Jeremías concerniente a un conocimiento universal
de la salvación de Dios, dentro de la comunidad del pacto como algo realizado o,
al menos, en parte, durante la presente administración del Nuevo Pacto, nos
vemos obligados a la conclusión de que el Nuevo Pacto encuentra su cumplimiento,
tanto en este siglo, como en el siglo venidero. El -Todos Me conocerán- se refiere a todos
los del pacto sin excepción, no a todos los del mundo sin excepción, lo que
actualmente está sucediendo. Asumiendo por supuesto que todo el mundo va a
conocer al Señor en el estado eterno, pero para ese tiempo,
todo lo del mundo, estará todo en el pacto.
CONCLUSIÓN
Este ensayo ha
sugerido que una comprensión adecuada de la Teología del Pacto apoya la
posición Bautista Reformada en lo relativo al tema del bautismo y, para llegar
a alguna parte en este debate con un paidobautista, uno debe abordar el tema
desde el lado seguro de la Teología del Pacto.
Partiendo con la
doctrina del Nuevo Pacto en el Antiguo Testamento, demostrando que este Pacto
no es idéntico a todos los pactos anteriores, esto es, que este Nuevo Pacto da
lugar a una comunidad de pacto en la cual todos conocen al Señor para salvación,
por consiguiente, esto invalida el tradicional argumento paidobautista del
pacto para el bautismo de infantes. Este argumento que parte de una Teología
del Pacto, se adhiere y busca aplicar sistemáticamente, el principio de la
hermenéutica Reformada, a menos que sea
revocado, entonces obligado. La doctrina de la inclusión de infantes para
el bautismo es revocada y, por lo tanto, no obligante y, no quedándose el Nuevo
Testamento en silencio, sino siendo más bien directo y franco, dando su apoyo a
este argumento. Se espera que las personas que le han dado muchas vueltas al paidobautismo,
se mantengan a distancia y los que han estado convencidos de ello, puedan
volver a las Escrituras para ver si estas cosas aquí expuestas son así.
Fuente:
4 comentarios:
Muchas gracias pastor por la publicación de esta doctrina tan importante para nosotros los Bautistas. Desde Caracas, un abrazo. Le dejo un par de Link´s de mi Blog, donde he publicado sendos temas al respecto: 1) http://bautistareformado.blogspot.com/2013/09/01-tratado-breve-del-bautismo-y-su.html ; 2) http://bautistareformado.blogspot.com/2013/09/01-tratado-breve-del-bautismo-y-su_25.html El SEÑOR les siga usando para Su Gloria.
Gracias pastor por traducir este artículo sobre este tema tan importante para nosotros, los Bautistas. Le dejo sendos link´s con artículo que escribí en mi Blog "Bautista Reformado" que está relacionados: 1) http://bautistareformado.blogspot.com/2013/09/01-tratado-breve-del-bautismo-y-su.html ; 2) http://bautistareformado.blogspot.com/2013/09/01-tratado-breve-del-bautismo-y-su_25.html
Atte Fares Palacios
es raro ver a un bautista querer ser equilibrado para luego afirmar el anabaptismo.
¿Por qué un bautista particular no cree en el pacto tal como lo enseñaron los reformadores del siglo XVI, alejándose realmente de las verdades bíblicas enseñadas en la reforma?
1.- Según ellos, la inclusión infantil no es automática porque la ciudadanía en el Nuevo Pacto exige del conocimiento salvador de Dios (tal cosa la biblia no enseña, ni en el antiguo, menos en el nuevo pacto)
2.- Ellos desmejoran el nuevo pacto en comparación al antiguo pacto, cuando en realidad los reformadores enseñaron según las escrituras, un mejor pacto, no que excluye sino que incluye, es decir, ahora no solo los judíos, sino también los gentiles, no solo a los hombres sino también las mujeres.
3.- Esto los hace herederos no solo a.) del anabaptismo (rebautizadores), sino también herederos b.) del dispensacionalismo pues muestran una discontinuidad del pacto cuando en realidad existe una continuidad, pero además mantienen restos c.) del arminianismo, pues cuando afirman que: “el Nuevo Pacto exige del conocimiento salvador de Dios para poder ser bautizados” usan el mismo argumento del arminianismo que enseña que depende de lo que el individuo hace para poder entrar en una relación con Dios.
Eliasib Aguilar como podríamos interpretar pasajes de Mateo 28 donde habla de la gran comisión?
Según parece en esta porción no habla de infantes...
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