¿Se pueden casar dos primos
hermanos?
Un pastor nos llamó para preguntarnos si, a la luz de las enseñanzas
Bíblicas, dos personas que son primos hermanos pueden casarse.
Trataremos de ser lo más fieles a lo que la Palabra de Dios dice. Por lo
tanto, lo primero y fundamental que debemos preguntarnos es: ¿Dónde enseña la
Biblia algo relacionado con el parentesco permitido o prohibido para el
matrimonio? El pasaje más claro es Levítico 18:6-18 el cual dice: “Ningún se llegue a parienta próxima alguna,
para descubrir su desnudez” (v. 6), y a partir del verso 7 se mencionan los
parientes próximos que conforman los grados de consanguineidad prohibidos por
esta Ley: Padre o madre, v. 7; madrastra o padrastro, v.8; hermana o hermano, v. 9; nieto o nieta, v. 10; hermanastra o hermanastro, v. 11; tía o tío, v. 12-14; nuera o yerno, v. 15; cuñada
o cuñado, v. 16; casarse con una
mujer y después con su hija o con los nietos de ella o de él, v. 17.
Como podemos observar, se prohíben las relaciones matrimoniales
incestuosas (con padres, hijos, nietos, o hermanos), y con otros familiares con
los cuales sería difícil establecer una relación de autoridad y sujeción. El comentario
de Matthew Henry lo explica así:
“El matrimonio es una institución divina, que tiene por objeto la
decente y honorable propagación de la raza humana, con la íntima cooperación de
una ayuda idónea para el hombre, con lo que la vida humana alcance un bienestar
y una efectividad como conviene a la dignidad de la naturaleza del hombre que
está por encina de la de las bestias. Estas prohibiciones, además de estar
promulgadas por una autoridad incontestable, están en sí mismas muy puestas en
razón y equidad, porque: (A) Por el matrimonio, dos personas llegan a ser una
sola carne, es decir, como una sola persona; por consiguiente, quienes
anteriormente ya eran de algún modo una carne por naturaleza [padre-hijo, hermano-hermana, Tío-sobrina,
etc); no podían, sin gran absurdo, hacerse una carne por institución. (B) El
matrimonio pone cierta igualdad entre el marido y la mujer. La desigualdad
entre amo y criado, entre noble y vasallo, se funda en el consentimiento y la
costumbre y, por eso, no hay ningún inconveniente en que desaparezcan al
contraer matrimonio, pero la que existe entre padres e hijos, tíos y sobrinas,
tías y sobrinos, ya sea por consanguineidad o afinidad, se funda en la
naturaleza y no puede, sin alguna confusión, desaparecer por la igualdad que
establece el matrimonio. (C) No se
prohíbe el matrimonio entre parientes de línea colateral (primos), excepto entre hermanos y
hermanas, tanto uterinos, como medios hermanos, como por afinidad (cuñados)… La
mayoría de los grados de parentesco prohibidos están descritos claramente; y se
establece como regla general que la misma clase de parentesco que impide
casarse a una persona por su línea natural o de sangre, se lo impide también
por la línea de su cónyuge (suegra, cuñada, etc), puesto que ambos son una sola
carne. Pero la ley que prohíbe casarse con una cuñada (v. 16) tenía una
excepción peculiar del pueblo de Israel, ya que, si un hombre casado moría sin
dejar descendencia, su hermano o el pariente más próximo debía casarse con la
viuda, y levantar descendencia al nombre de su hermano (Dt. 25:5), para que no
se extinguiera la línea familiar ni pasase a manos ajenas la hacienda de
aquella casa”[1].
De manera que las relaciones matrimoniales entre personas que tuvieran
ya una relación familiar sanguínea de primera línea no era permitida (no se
podían convertir dos veces en una misma carne), y a la vez, se prohibían las
relaciones entre personas que por razón de su relación familiar (de sangre o
relación) estorbaba los roles de autoridad y sujeción.
Ahora, a parte de las Sagradas Escrituras es necesario tener en cuenta
que la “ medicina moderna confirma que en los matrimonios entre parientes
cercanos, las debilidades físicas o mentales de los padres a veces se aumentan
en los hijos”[2]. Por esa
razón, los médicos recomiendan que se eviten al máximo los matrimonios entre
primos.
Además, se debe tener en cuenta los aspectos culturales. Recordemos que
el apóstol Pablo nos dice que aunque todo nos es lícito, no todo conviene, en
especial cuando vamos a ser piedra de tropiezo para otros. Hay culturas en las
cuales los matrimonios entre primos hermanos no es bien visto, y el creyente debe
evitarlo para no ofender la conciencia de los demás, y en especial, para no ser
causa de que otros aborrezcan el evangelio por dicho matrimonio
Adicionalmente, se deben tener en cuenta las leyes civiles. El apóstol
Pablo nos manda a someternos a las autoridades civiles y militares, las cuales
han sido establecidas por Dios. De manera que si en una nación o región se
prohíbe el matrimonio entre primos, entonces esto se debe evitar.
Finalmente, la humanidad ha crecido y se ha extendido tanto, a través de
diversas familias que ya no guardan relaciones sanguíneas cercanas, que no se
justifica que dos primos (los cuales son casi como hermanos), se unan en
matrimonio.
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